El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha emitido una sentencia que resalta la falta de protección de los trabajadores autónomos. La cocinera y propietaria de un restaurante en Oleiros sufrió un desmayo en su local el 1 de diciembre de 2022, lo que resultó en una lesión significativa. Sin embargo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social consideró su situación como una enfermedad común y no como un accidente laboral, basándose en una interpretación restrictiva de la normativa que afecta a los autónomos. Esta decisión se justificó al señalar que la lesión no estaba relacionada con las tareas del establecimiento, sino que derivó de un problema de salud interno, además de resaltar la falta de un informe médico inmediato que pudiera haber sustentado su reclamación.
Este fallo pone en evidencia las dificultades que enfrentan los autónomos para acceder a prestaciones por accidente laboral, diferenciándose notablemente de las condiciones de los trabajadores por cuenta ajena. La resolución judicial muestra cómo la relación entre el accidente y la incapacidad temporal no fue lo suficientemente clara en este caso, dejando a los autónomos en una posición vulnerable ante situaciones laborales adversas.