El Tribunal Supremo ha respaldado al Concello de Oleiros al inadmitir el recurso de casación presentado por la Xunta de Galicia en relación a la planta de tratamiento de residuos de LIMPOIL, ubicada en el puerto de Oza. Esta decisión permite al Concello impugnar la autorización ambiental integrada que había sido otorgada a la empresa. La sentencia del alto tribunal enfatiza que la localización de la planta es inapropiada, puesto que se encuentra en la ría, cerca de playas y áreas de especial interés ambiental y pesquero.
Entre los argumentos expuestos por el Concello se destacan las deficiencias en la evaluación ambiental, la falta de adecuados protocolos de seguridad y una gestión insuficiente de aguas residuales. Además, se menciona que la Xunta inicialmente consideró que los municipios no estaban legitimados para recurrir, pero tanto el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia como el Tribunal Supremo han dictaminado lo contrario, obligando a la administración autonómica a considerar las alegaciones de Oleiros y A Coruña.
El Ayuntamiento de Oleiros ha reafirmado su compromiso con la protección del ecosistema local, recordando que ya en 2002 denunció a LIMPOIL por vertidos contaminantes. En este sentido, el consistorio sostiene que, tras décadas de esfuerzo por mantener la ría en condiciones saludables, la ciudadanía de la comarca no debe hacerse cargo de una planta que consideran ilegal y contaminante. El puerto, según argumentan, debería ser utilizado como un espacio vital para la pesca y el marisqueo, no como un área industrial.